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BAHIA ESTUARINA JOBOS: DESTRUCCION DE SIGLO EN SIGLO, AVARICIA, PODER Y NEGLIGENCIA

Updated: May 11, 2023

Por Carmen Enid Acevedo


La historia registral de las fincas Monte Manglar y Monte del Estado entre Salinas y Guayama están repletas de imaginarios de administraciones coloniales, políticas de explotación y negligencia de agencias públicas, entre los imperios de España y Estados Unidos y los natales burócratas colonizados del patio, la loza y el fangal puertorriqueño.


La reciente controversia pública sobre el desorden ecológico que impacta sobre 5K cuerdas de terreno colindante con el Mar Caribe en el sector Las Mareas de Salinas, ha desatado el interés de políticos y del periodismo de denuncia y fiscalización que busca y siempre encuentra.


Una Orden de Interdicto Permanente del entonces juez presidente de la Corte de Estados Unidos en Puerto Rico, Hernán Pesquera, en 1981, ordenando el cese y desista de la destrucción del sector, la protección de recursos naturales y el reconocimiento de crimen ambiental, no ha sido cumplida en los pasados 41 años ni por las agencias federales que debieron haberlo hecho con la Bahía Estuarina Jobos en Salinas, según su propia designación.



Una pesquisa entre documentos que datan del 1866 y 1899, coloca la situación hoy del camino El Indio en el barrio Las Mareas de Salinas, en la punta de un conflicto entre la negligencia culposa de las agencias estatales y federales que no atendieron la invasión de terrenos en el sector, por un lado, y los especuladores con terrenos en medio de la reserva.


Se alega que hay un extremo de crímenes relacionados con el narcotráfico que se dirime por lo bajo pero que no ha sido reconocido ni siquiera por los residentes del sector.


Se estima que hoy entre construcciones de viviendas de cemento y parques de "trailers" o casas rodantes, piscinas y pozos sépticos, la Reserva está impactada por una veintena de esas construcciones ilegales en su mayoría en el Camino El Indio, que tiene colindancia al Mar Caribe.




OTROS SIGLOS, OTROS INTERESES QUE IMPACTARON LA RESERVA


La primera vez que los mangles de las mencionadas fincas comienzan a sufrir el embate de medidas de desarrollo no conservacionista, se ubica en la historia de finales del Siglo 19 cuando la metrópoli española necesitó reajustar las designaciones políticas y económicas y de explotación a su colonia en el Caribe. "El incremento poblacional que experimentó la Isla desde fines del siglo XVIII, la necesidad de tierras con fines agrícolas, la lejanía de la Metrópoli y las guerras de independencia de las colonias españolas en América, entre otros factores, contribuyeron para que España reenfocara la administración gubernamental de la colonia de Puerto Rico. Ante esa situación y como parte de la problemática española en América, España reconoció la importancia de las maderas del país, en especial, aquellas que eran empleadas con fines navales o de construcción", lee la investigación de la época de Carlos M. Domínguez Cristóbal, del Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos .


"El advenimiento del cultivo de la caña de azúcar como el principal producto agrícola de exportación durante las primeras siete décadas del siglo XIX repercutió sobre los manglares. La ubicación de los cañaverales en los llanos costeros a espaldas de los manglares contribuyó a que este ecosistema fuera influenciado por el cultivo del azúcar. La necesidad de ampliar la zona del cañaveral requería en gran medida de una fuente de combustible barata y accesible. Por otro lado, la tenencia de tierras dedicadas al azúcar cada vez se hacía más competitiva. Ante esa coyuntura histórica y dada la ubicación del mangle bobo dentro del escenario del manglar le correspondió a éste el sufrir la creciente necesidad de material combustible para las chimeneas azucareras".


"El plan de acción de la Inspección de Montes de Puerto Rico estaba basado en los siguientes planteamientos: la realidad forestal de la Isla, la inclusión de los manglares en la política forestal y la entrega oficial de los manglares de parte de la Comandancia de la Marina a la Inspección de Montes". Desde es momento hay vigilancia para la protección de los manglares o reservas aunque por diferentes factores. Efectivos de la Marina ejercían control sobre los de San Juan y la Guardia Civil de Puerto Rico sobre otros, incluidos los que ocupa esta investigación, Las Mareas, Jobos entre Salinas y Guayama.


"Del examen de los planes de aprovechamiento forestal de la Inspección de Montes de Puerto Rico para el Manglar de Jobos, Las Mareas, Caño Grande y Punta Caribe de Guayama se desprende que durante los años de 1877-1878 a 1888-1889 dicho manglar debía subastar 73,301 esteras de leñas las cuales de subastarse representarían 903.6 pesos (Tabla 4). El año en que mayor kilogramos de cortezas fue descrito figura en 1877-1878 con 9,201 kilogramos de cortezas. No obstante, ese número de cortezas jamás fue superado por los planes de aprovechamiento siguientes. Como dato curioso resulta que en los manglares de la zona sur, sureste y suroeste del país el Manglar de Jobos, Las Mareas, Caño Grande y Punta Caribe de Guayama lideraba el número de kilogramos de corteza de mangle así como su importe económico"


DE CORPORACIONES GRINGAS A LAS MANOS DE SALINENSES CON PODER


Una pesquisa de las escrituras originales de Las Mareas ubica a los propietarias de las fincas 3752 y 3753, para efectos del Registro, donde está enclavada la Reserva, en manos de Eduardo Lugo Viña y más tarde en las de corporaciones, Port America Corp. of NY y Luce and Company y Comandita. Las fincas sufrieron tres segregaciones y volvieron a manos de Lugo Viña entre 1902 y 1903.


No está claro cómo llegó a ser de Lugo Viña, un militar con antecedentes en la Guerra Hispanoamericana del 1898, una de las fincas enclavadas en la Reserva.


En el registro digital del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales se establece que el hoy DRNA, antes solo Departamento de Recursos Naturales, tiene titularidad de algunos de los terrenos desde 1981 cuando hubo transacción a esos efectos que, según expertos en el tema consultados, también incluyó a la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés).



El abogado salinense, Gillermo J. Godreau Marrero, con oficinas en la calle Montserrate #20 del pueblo de Salinas, compró una de las fincas, la 3752, y la escritura a su favor y a la de su esposa, Josefa Veguilla, se suscribió con ratificación de segregación el 12 de febrero de 1976. El notario de esa escritura fue el licenciado Jorge Openheimmer Méndez, quien al día de hoy funge como propietario de un predio de terreno en la determinada finca. Escucha el análisis de esta investigación aquí: Bonita Multimedio


Garrard Harris y Frank Paravisini Vázquez comparecieron como vendedores por ser dotados de un poder de parte del vendedor, Guillermo González Hernández, a quien se le habrían expropiado las tierras mediante procedimiento en la Corte de Estados Unidos en Puerto Rico, donde era síndico, Harris.


Además, en la mencionada escritura, se hace constar que González Hernández habría segregado la misma finca en una ocasión anterior y el notario fue, Godreau Marrero, en 1974. Un documento registrado en el Archivo Histórico de Puerto Rico, da cuenta de que González Hernández representaba a Harris en cuanto "a un convenio de eliminación de arrabal" en la Playa de Salinas, ante la invasión a un ritmo acelerado y donde se dan "construcciones clandestinas". En tal documento se advierte que: "dichas construcciones clandestinas son el medio de que se están valiendo los especuladores de terrenos para aprovecharse de la tremenda alza de precios, todo esto en detrimento y perjuicio de los trabajadores y habitantes bona-fide del área de la Playa, quienes están imposibilitados de encontrar tierra para construir sus casas".


Una vez adquirido las tierras y valiéndose de un plano donde se alega que se desarrollarías las segregaciones, Godreau Marrero comenzó a vender "participaciones" y se alega que logró unas 45, que fluctuaron entre los $5K y los $200K cada una.


En 1981, el Cuerpo de Ingenieros de Estados Unidos radicó un pleito por, entre otras violaciones a la Ley Federal de Control de Aguas de 1972, hoy conocida como Clear Water Act o Ley Aguas Claras, que mantiene tiene vigencia en la jurisdicción Federal, ante los desechos lanzados al mar y la construcción en aguas navegables de Las Mareas.


Entre los notificados al emitirse el Interdicto Permanente en julio de 1979, se encontraron, el licenciado Godreau Marrero; el abogado estadista y ex secretario del Departamento de Justicia bajo la administración de Luis A. Ferré, Blas C Herrero Calderón y el abogado, Gustavo A. Del Toro, padre del actor puertorriqueño en Hollywood, Benicio del Toro. Todos están fallecidos al día de hoy.


Godreau Marrero fue asesinado en el 2006 frente a su residencia. Su hijo, Guillermo J. Godreau Veguilla, fue sorprendido en el 2015, construyendo y disponiendo de basura sobre el mangle de Las Mareas. Su caso, en unión a otros dos hombres, fue procesado administrativamente en el DRNA con resolución final en el 2020 y se le impuso una multa de $5K que fue rebajada a $3K. Al día de hoy no se ha podido verificar que haya sido pagada.








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