Por Carmen Enid Acevedo
Bonita Radio
La administración de Corrección puede estar en violación de por lo menos tres artículos que le impone el Reglamento 7818 de 2010 bajo el cual excarcelaron a Hermes Ávila Vázquez, entre estos investigar la peligrosidad del convicto y riesgo de seguridad para la comunidad que está obligada a referir para investigación la Administradora de la agencia, en este caso, Ana Escobar Pabon.
El Reglamento sobre Procedimientos para Atender los Casos Especiales de las Personas que Están Afectadas por el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, Otras Enfermedades Terminales y Condiciones Deformantes e Incapacitantes Severas en el Sistema Correccional de Puerto Rico, establece además en su articulo VIII que el confinado que salga de pase tendrá que ser evaluado cada 15 por el técnico socio penal asignado al caso.
Se duda de la investigación y supervisión de Ávila Vázquez en la libre comunidad, toda vez que trascendió que laboraba en el negocio De Aquí Pa Donde en Vega Baja, según dijo a Noticel, Egui, el dueño de ese negocio que incluso lo vio por primera vez allí el año pasado.
Ávila Vázquez llegó al negocio en el 2023 en una silla eléctrica y más tarde fue caminando con bastón. Fue allí donde se presume que divisó a Ivette Joan Meléndez la mujer de 56 años, a quien se alega que degolló y violó en el área de la Playa Los Tubos en Manatí el domingo 21 de abril, exactamente un año después de que lo excarcelaran bajo la mencionada Ley.
Bonita Radio ha insistido sin éxito desde el pasado martes 22 que la secretaria de Corrección, Escobar Pabón, conteste preguntas sobre las incidencias que rodean el caso de Ávila Vázquez, convicto y sentenciado a 122 años de cárcel por la muerte mediante degollación de una mujer de 28 años a quien violó en un acto de necrofilia en hechos ocurridos en Caguas en junio del 2005.
Tras salir de pase extendido por una alegada paraplejia progresiva, aprobado por la AC el 19 de abril del 2023, se alega que asesinó del mismo modo a Meléndez en hechos ocurridos en horas de la madrugada del domingo 21 en Manatí.
La Secretaria no ha contestado los requerimientos de información pero ha dicho a otros medios que “la agencia trabaja con la información que los médicos le proveen. Yo no he visto el expediente médico. He visto parte del expediente social y criminal de la persona. Nosotros estamos en un proceso investigativo para analizar esta situación preocupante con las evaluaciones médicas y más aún ya yo ordené el reingreso de esta persona a prisión".
El Reglamento 5772 de 1998 y enmendado en el 2010 establece en su articulo VIII que se "se remitirá copia de la recomendación inicial al Administrador de Corrección a través de la Coordinadora de Servicios de Salud de la agencia o al funcionario que para ello se designe. El administrador (a) de Corrección será responsable de ordenar el proceso correspondiente de evaluación e investigación de peligrosidad o riesgo e seguridad de la comunidad de concederse la eventual salida del confinado".
La poca información que ha producido Escobar Pabón desde el domingo pasado, una ferviente estadista con participación en las actividades proselitistas del Partido Nuevo Progresista (PNP), visible desde que es jefa de agencia en el 2021, no menciona siquiera el Reglamento que la obliga a ella, a médicos y a personal gerencial en los casos bajo la Ley 25.
No se sabe además, si Corrección cumplió con todo lo que establece el Reglamento en sus artículos VI y VII, sobre Proceso de Evaluación por el Panel de Médicos y el VIII sobre Proceso de Salida en la Administración de Corrección, donde incluso se refiere a la investigación en la comunidad donde vivirá el convicto que deberá hacerse con 48 años desde que se recibe la recomendación de excarcelación. "Esta investigación tendrá como fin conocer las opiniones de las personas con las que vivirá el convicto", lee el Reglamento.
El citado Reglamento de 29 páginas y que sirve de base a la Ley 25 de 1992 que fue firmado en marzo de 1998 por la entonces secretaria, Norma Burgos Andújar y enmendado el dos de marzo de 2010, establece además las obligaciones del Panel de Médicos que tiene que seguir para recomendar o no el paso extendido. El servicio de salud está privatizado y está a cargo de la corporación Physician Correctional.
El director médico de Physician es José Rodríguez Galarza y preliminarmente el viernes trascendió que el panel que atendió la solicitud del pase extendido de Ávila Vázquez fueron una internista de la correccional de Bayamón; la ex directora médica y tres médicos generalistas.
PANEL DE MEDICOS Y EVIDENCIA EN CASO DE AVILA VÁZQUEZ
Bonita Radio supo a través de fuentes del Fondo del Seguro del Estado (FSE), donde se determinó incapacidad total de Avila Vázquez, que fue en el 2015 cuando se le diagnosticó "una enfermedad no especificada del cordón espinal" bajo el código 336.9, luego de que se accidentara en un trabajo en el 2010 estando confinando en Corrección.
Un documento de noviembre del 2015 da cuenta de la determinación bajo la firma de la doctora Rosalia Santiago Torres y un funcionario de nombre Hector L. Orengo cuyo titulo de puesto no se especifica. El documento establece que la decisión, informada a la AC en Ponce, se tomó luego de que se recibiera informe del 21 de septiembre de 2015, con esa recomendación de un tal "Dr Naredo".
Ayer, la oficial de prensa de Corrección, Yvonne Guadalupe no contestó mensajes de Bonita Radio sobre las interrogantes que surgen de esta pesquisa.
A las 8AM en FB Live de Bonita Radio tendremos más información y análisis.
Excelente articulo.